lunes, 22 de junio de 2009

barreras no arancelarias

Las barreras no arancelarias se definen como las “leyes, regulaciones, políticas o prácticas de un país que restringen el acceso de productos importados a su mercado”. Por ende, incluyen tanto normas legales como procedimientos administrativos no basados en medidas explícitas, sino en directivas informales de instituciones y gobiernos.

Los cupos establecen la cantidad máxima del producto a ser importada con un arancel determinado. Por encima de ese volumen, se deben abonar tasas mucho más altas que, en algunos casos, se transforman en virtuales prohibiciones a la importación.

Existen cupos generales que se negocian en el GATT a los cuales todos los países tienen acceso, y cupos bilaterales que otorgan preferencias a ciertas naciones. Cuando un producto tiene asignada una cuota acordada en el marco del GATT y otro bilateral, el segundo tiene aranceles más bajos, creando así una preferencia adicional para el país en cuestión. Además, la UE se reserva el derecho de aplicar salvaguardias especiales a ciertos productos agropecuarios, cuando el volumen de importaciones alcanza un nivel establecido como crítico. En estos casos, las importaciones adicionales deben abonar derechos aduaneros complementarios.

Otra barrera utilizada es la “vigilancia a las importaciones” que actúa controlando permanentemente las cantidades ingresadas al bloque. Es una medida que tiene un efecto inhibitorio sobre las importaciones, dada la incertidumbre que genera a los exportadores la amenaza de aplicación en el futuro de medidas restrictivas. El mecanismo de vigilancia se emplea fundamentalmente en productos agropecuarios, textiles y manufacturas de hierro y acero. La “Política Agrícola Común” establece diferentes mecanismos de protección del mercado interno. Un ejemplo es el “Sistema de Precios de Entrada”, que afecta a distintos productos agrícolas y establece un precio mínimo por debajo del cual la mercadería importada debe pagar derechos adicionales con el objetivo de igualarlos a los mencionados precios internos. Las “salvaguardias por precios” y los “precios de referencia” actúan de la misma manera que los “precios de entrada”. Son medidas que permiten al mercado agropecuario europeo independizarse de las fluctuaciones internacionales de precios, protegiendo así los ingresos del productor interno. En cuanto al efecto de las barreras no arancelarias, los productos primarios y las manufacturas de origen agropecuario (MOA) son los más afectados por las mismas. En 1998, el 27% de las exportaciones del complejo agroalimentario argentino se destinó a la UE. A su vez y dada la alta protección con que cuentan estos rubros, el 94% de las manufacturas de origen agropecuario (MOA) y el 83% de los productos primarios colocados en el bloque están afectados por barreras no arancelarias.

2 comentarios:

  1. meLkouchhh =)..
    sta padre tu blog,
    muy interesante..
    estuvieron bien los articulos..
    i faLto una foto konmigo ¬¬'
    jjejeje byeee =**

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